Antes de leer el documento
sobre los bienes de difuntos de Francisco Pérez Patón conviene conocer algunos
datos y considerar algunas discrepancias sobre su identidad entre ambos
documentos.
Francisco Pérez Patón estuvo en Portobelo (Panamá) que era el puerto al que llegaban la mayoría de los barcos que iban desde España a tierra firme.
En cuanto al dinero que se
utilizaba encontramos:
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Ducado (375 maravedís)
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Peso (también llamado patacón) de a 8 que valía
8 reales
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Real de vellón (34 maravedís)
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Maravedí
El maravedí podría
equivaler a unos 10 céntimos de euro, aunque la equivalencia es muy difícil de
establecer porque la economía de aquella época no se puede comparar con la
actual.
El tomín era una unidad de
medida de oro y plata equivalente a 0,575 gramos de oro y a 0,598 gramos de
plata. También era una moneda de plata, el tomín de a 8.
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En cuanto a la identidad
de Francisco Pérez Patón hay diferencias entre el documento en el que solicita
licencia para viajar a las Indias y el de su testamento y herencia de sus
bienes. Parece que no se trata de la misma persona, pero en el segundo los
testigos afirman que no hay otra persona con el mismo nombre ni los mismos
padres y que haya viajado a las Indias.
En el primero, figuran
como sus padres, según los testigos y su partida de bautismo, Francisco Pérez
Patón y María Gómez, en cambio, en el segundo, aparece como heredera Catalina
Mateos, a quien en su testamento se refiere como su madre, viuda de Cristóbal
Pérez Patón, al que no se refiere en ningún momento.
En el documento sobre su
herencia no aparecen ni María de Medina, su mujer, ni su criada, María López,
que le acompañaron en el viaje de 1617.
En los testimonios de
varios testigos se indica que “que no había jamás habido más Francisco Pérez Patón que se
llame de este nombre y que haya ido a Indias ni que sea hijo de Cristóbal Pérez
Patón y de Catalina Mateos, su mujer, como fue el dicho Francisco Pérez Patón,
que dicen difunto, ni ha visto, sabido, oído ni entendido cosa en contrario de
uno, diez, veinte y treinta años que ha que se acuerde”
También hay cierta confusión con las fechas porque si
Francisco Pérez Patón viajó a las Indias en 1617, falleció en 1620 y sus bienes
se adjudican en 1623, realmente no han pasado los 9 años que dicen en los
testimonios “como madre y legítima heredera de Francisco Pérez Patón, mi
hijo, digo que hará nueve años poco más o menos que del dicho mi hijo, que
salió de la ciudad de Sevilla para las Indias, donde parece enfermó”,
Quizá tuvieran dificultad para calcular el tiempo que
había pasado desde que se fue a Sevilla porque no habría calendarios y la mayoría
no sabían leer y escribir. Siempre hacían referencia tanto a las edades como al
tiempo pasado desde algún acontecimiento con la muletilla “poco más o menos”.
Hablan de él como mozo, es decir, que no debían saber
que se había casado en Sevilla y viajado a las Indias con su mujer y una
criada: “hijo legítimo de legítimo matrimonio a Francisco Pérez Patón, mozo,
y por tal aviso pedido y este testigo, de lo cual hará 9 años poco más o menos
que oyó decir por muy sonado y notorio que el tal Francisco Pérez, mozo, se
había embarcado y pasado a Indias y que allá había muerto y hecho el testamento”
O se referían a él como mozo porque habría un
Francisco Pérez Patón viejo. Mozo y viejo eran los términos que se utilizaban en
la época para indicar si se referían al hijo o al padre.
El único nexo entre ambos
documentos es la partida de bautismo que indica que sus padres son Francisco
Pérez Patón y María Gómez, aunque aparece como madrina Catalina Mateos, su
comadre. No sabemos qué sentido tendría entonces la palabra comadre.
En el primer libro de
desposados existente de la parroquia de Fuenteguinaldo aparece el matrimonio de
Francisco Pérez Patón y María Gómez celebrado el 27 de diciembre de 1578. Su
hijo Francisco fue bautizado el 17 de julio de 1580. También aparece una hija
Isabel Pérez Gómez, que se casó el 21 de febrero de 1625.
Cabe la posibilidad, como
sucedía en algunas familias, de que hubieran dado en adopción a Francisco Pérez
Patón de niño a Cristóbal Pérez Patón y Catalina Mateos, parientes de los
padres, por el hecho de que Catalina aparezca como comadre en la partida de
bautismo.
Además, nombra en su
testamento a una hermana y un hermano como herederos en caso de que la madre,
Catalina Mateos, hubiera muerto.
“dirigidos y consignados a la
dicha Catalina Mateos, mi madre, y si fuere muerta, a Marta Patona, mi hermana
doncella, para ayuda a su casamiento o meter en religión y si fuere muerta la
dicha mi hermana lo haya y herede Joan Pérez Patón, mi hermano, que viven en la
dicha villa de Fuenteguinaldo, cuatro leguas de Ciudad Rodrigo, porque desde
luego dejo y nombro por mis herederos universales a la dicha mi madre y por su
muerte a mi hermana y por su muerte a mi hermano.”
Ella aparece con el nombre
de María Pérez Mateos, que se casó el 8 de junio de 1625 con Juan Martín Redondo.
Juan Pérez Mateos, nació
el 21 de septiembre de 1606. Ambos hijos de Cristóbal Pérez Patón y Catalina
Mateos.
Hay que tener en cuenta
que en aquella época era frecuente nombrar a los hijos con los dos apellidos
del padre ignorando el de la madre y a las hijas con uno de los apellidos del
padre en femenino o el de la madre, indistintamente.
Si a Francisco Pérez Patón
lo hubieran nombrado con los apellidos de ambos progenitores se hubiera llamado
Francisco Pérez Gómez en un caso y Francisco Pérez Mateos en el otro, si no era
la misma persona.
A pesar de la falta de coincidencia de algunos datos entre ambos documentos es posible que se trate de la misma persona o que tuvieran alguna relación de parentesco.
Nº 25 – 51 hojas
Herederos de Francisco Pérez Patón, difunto en Indias
Sobre la cobranza de sus bienes y herencia
Francisco Pérez Patón, natural de Fuenteguinaldo
89.350 maravedís
Testamento. Heredera a Catalina Mateos, su madre
Ella pide esta partida
Carta de diligencias
Fe de cómo se leyó la información
Archivo General de Indias
Título nombre atribuido: Bienes de difuntos: Francisco Pérez Patón
Signatura: CONTRATACION,353,N.2
Fecha formación: 1623
Contenido: Autos sobre bienes de difuntos: Francisco Pérez Patón, natural de Fuenteguinaldo, difunto en Portobelo. Heredera: Catalina Mateos, madre
Natural de Fuenteguinaldo, cuatro leguas de Ciudad Rodrigo
Parece por su testamento con que falleció, ser natural de Fuenteguinaldo, cuatro leguas de Ciudad Rodrigo.
Van por sus bienes en el Armada de este año de 1622, 360 pesos y un real de a ocho, que pertenecen a Catalina Mateos, su madre, y por su fin y muerte a Marta Patona, su hermana, que reside en Fuenteguinaldo.
No quedan más bienes cobrados ni por cobrar de este difunto.
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Yo, Baltasar de Tineo, escribano de Su Majestad y al presente despacho
el oficio de secretario mayor de bienes de difuntos de la Audiencia y Chancillería
Real que reside en esta Ciudad de los Reyes del Reino, doy fe que pleito y causa
sea seguido en el dicho juzgado sobre la cobranza de los bienes de Francisco
Pérez Patón, difunto, del cual por mandado del señor Don Diego de Armenteros y
Henao, oidor y juez mayor de bienes de difuntos de esta Real Audiencia para
efecto de enviar a la casa de contratación de Sevilla con la plata que se
remite este año, de su entrega para sus herederos, hice sacar y saqué los autos
del tenor siguiente:
Domingo Gómez de Silva, defensor de bienes de difuntos, por lo que toca
a la cobranza de los bienes que quedaron de Francisco Pérez Patón, difunto, que
murió en la ciudad de San Felipe de Portobelo. Digo que como consta del
testamento que presentó Pedro de Baena, que también es difunto, fue albacea del
dicho difunto y recibió en sí todos sus bienes, por lo cual de los bienes del
dicho Pedro de Baena se han de pagar y hacer buenos en la caja de este juzgado
mayor 337 pesos y 6 reales, que es la cantidad de pesos que queda líquida
descontados los pesos que por los autos consta que se gastaron en el funeral y
cumplimiento del testamento del dicho difunto y en dicha cantidad se han de
condenar los bienes del dicho Pedro de Baena y a Joan de Esquivel, defensor de
sus bienes. A vuestra señoría pido y suplico mande que de los bienes del dicho
Pedro de Baena se paguen los dichos pesos en la dicha caja para que de ella se
envíen a España a los herederos del dicho difunto por constar haber entrado en
su poder los bienes del dicho difunto como tal albacea y tenedor de ellos y hacer
sus bienes obligado a la cuenta con pago de ellos. Y pido justicia y para ello,
etcétera. Domingo Gómez de Silva.
En la ciudad de los Reyes a 12 días del mes de enero de 1622 años la
presento, el contenido en ella con los recaudos que refiere, y vista por el señor
Doctor Don Diego de Armenteros y Henao, oidor y juez mayor de bienes de
difuntos de esta Real Audiencia, mandó dar traslado a la dicha parte ante mí,
Pedro de Ibarra Velasco.
Notificación
Este día notifiqué el traslado de esta petición a Joan de Esquivel en
su persona que lo oyó, de que doy fe, Pedro de Ibarra Velasco.
Delegación
En la ciudad de San Felipe de Portobelo, en 5 días del mes de agosto de
1620 años, ante Don Francisco Alonso Garcés, alcalde de ordinario de esta
ciudad, pareció Pedro de Baena y dijo que a su noticia es venido que Francisco
Pérez Patón murió en el hospital de esta ciudad y en el testamento que otorgó
ante el presente escribano declaró que deja en su poder un baúl con ciertas
cosas y así mismo lo deja por su albacea, que ahora para que se entienda lo que
en el dicho baúl está y se ponga por testimonio, pidió ante el dicho señor
alcalde se haga inventario ante su merced y el dicho alcalde dijo que está
presto de lo hacer y así el dicho alcalde y yo, el presente escribano, fuimos a
una casa del capitán Pedro Meléndez, blasón donde vive el dicho Pedro Baena, y
estando en ella el susodicho exhibió un baúl encorado de negro, el cual estaba
cerrado y con una llave se abrió en su presencia y se halló en él lo siguiente:
Hallose una memoria que en ella estaba escrito 14 partidas de cosas que
parecían estar en el dicho baúl, y el dicho alcalde mandó se pusiese en estos
autos y así por mí, el presente escribano, fue rubricado.
Primeramente, se hallaron 33 pechos de diferentes colores chicos y
grandes.
Ítem, 23 pares de medias de seda de diferentes colores que dicen son de
la torre.
6 docenas de medias de peal [Media sin pie que se sujeta a este con
una trabilla] de hilera.
24 macillos de suertes de hilera.
20 piezas de cintas de resplandor.
4 libras de hilo acijado.
2 papeles de cintas chavascas a 3 gruesas cada uno.
9 gruesas y una docena de cintas del tudesco.
Una docena de capillejos de oro y seda de colores.
20 camisas de hombre de morles de diferentes suertes, algunas manchadas.
12 pares de calzones de morles [Tela de lino, no muy fina, fabricada
en Morlés, Francia].
21 estampitas de papel.
6 docenas de cordones de seda baladíes.
3 libras y 5 onzas de listones angostos de diferentes colores.
Todo lo cual se volvió a meter en el dicho baúl y el dicho Pedro de
Baena lo recibió todo en su poder en presencia de mí, el presente escribano, de
que doy fe por bienes del dicho Francisco Pérez Patón, en conformidad de la cláusula
del testamento y se obligó de tenerlos en su poder por bienes del dicho difunto
y de los dar cada y cuando que se le pidan, para lo cual obligó su persona y
bienes y dio poder a las justicias para su cumplimiento y lo firmó de su nombre,
siendo testigos Gonzalo de Almonte y Francisco de Baena, presentes don
Francisco Alonso Garcés y Pedro de Baena ente mí, Diego de la Torre Escobar,
escribano público.
Testamento
En el nombre de Dios amén.
Sepan cuantos esta carta vieren, cómo yo, Francisco Pérez Patón,
natural que soy de Fuenteguinaldo, hijo de Cristóbal Pérez Patón y de Catalina
Mateos, mis padres, vecinos de la dicha villa, estante en la ciudad de Portobelo,
enfermo del cuerpo y sano de la voluntad tal cual Nuestro Señor tuvo de me dar,
creyendo, como creo, en el misterio de la Santísima Trinidad y en todo aquello
que tiene y cree la Santa Madre Iglesia de Roma, por llevar mi alma por
verdadera carrera de salvación hago y ordeno este mi testamento en la manera
siguiente:
Primeramente, encomiendo mi ánima a Dios, Nuestro Señor, que la creó y el
cuerpo a la tierra de que fue formado y, si Dios quiere de me llevar, mi cuerpo
sea sepultado en la iglesia mayor, en una sepultura que allí se tome a la
entrada de la puerta, para que yo participe del agua de la pila.
Mando que el día de mi enterramiento se me diga una misa de réquiem
cantada, ofrendada de pan y vino y cera.
Mando que se digan por mi alma y por descargo de mi conciencia y de
algunas personas que soy en cargo cien misas rezadas y, para las mandar decir,
sean en esta forma: a los padres de la orden de San Francisco, que al presente
están en esta ciudad, se le den a cada uno de ellos la limosna de treinta
misas.
Y más veinte se repartan en religiosos viandantes que están en esta
ciudad en el convento de Nuestra Señora de las Mercedes, se digan otras
veinticinco misas en la iglesia mayor donde tengo de ser enterrado y otras
veinticinco misas porque mi voluntad es que estas misas se digan con brevedad
para alcanzar los sufragios ante Dios Nuestro Señor.
Declaro que yo bajé de la ciudad de los Reyes en compañía de Pedro de
Baena, que vine con él a esta ciudad para hacer algún empleo e ir a Castilla y
así me he quedado en esta ciudad y en poder del dicho Pedro de Baena está un
baúl mío y en él estas ciertas mercaderías de diferentes géneros que yo compré
en esta feria, que podrán montar 340 patacones poco más o menos.
Ítem, declaro que yo presté a Joan Martínez de Plaza, mercader que está
en esta ciudad, 236 patacones de a 8 reales con cierto interés que había de dar
porque yo no los emplease, quiero y es mi voluntad que si Dios me llevare se cobren
los dichos 236 patacones sin interés ninguno y esto se incorporen con mis
bienes.
Declaro que el dicho Pedro de Baena me compró un cobertor y unas varas
de ruan [Tela de algodón estampada en colores que se fabrica en Ruan,
Francia] y una cama de viento que mando que se le paguen.
Y para que me entierren se tome un hábito del señor San Francisco y
para cumplir y pagar este mi testamento dejo y nombro por mi albacea y tenedor
de mis bienes al dicho Pedro de Baena, para que el susodicho pueda llevar desde
esta ciudad a la de los Reyes lo que yo así he comprado, para que se venda y
beneficie y lo que así me debe el dicho Joan Martínez de Plaza lo empleen en
esta ciudad en géneros y lo lleve con los demás para que en la dicha ciudad de
los Reyes se puedan vender con alguna ganancia y vendido todo lo susodicho lo
traiga y envíe a este reino para que en la primera ocasión de armada lo envíe y
registre a los reinos de Castilla, dirigidos y consignados a la dicha Catalina
Mateos, mi madre, y si fuere muerta, a Marta Patona, mi hermana doncella, para
ayuda a su casamiento o meter en religión y si fuere muerta la dicha mi hermana
lo haya y herede Joan Pérez Patón, mi hermano, que viven en la dicha villa de
Fuenteguinaldo, cuatro leguas de Ciudad Rodrigo, porque desde luego dejo y
nombro por mis herederos universales a la dicha mi madre y por su muerte a mi
hermana y por su muerte a mi hermano.
Para que lo hayan y gocen con la bendición de Dios y la mía, que yo
quisiera dejarles más, que esto que así he ganado ha sido con mi industria y
trabajo y es mi voluntad que no se le quite al dicho Pedro de Baena cosa
ninguna de lo que así mando en esta cláusula y revoco otros cualesquiera
testamentos, mandas, legados, poderes para testar, que no quiero que valgan ni
hagan fe salvo este que hago de mi espontánea voluntad por ante el presente
escribano público en Portobelo, a 28 días del mes de julio de 1620 años y el
otorgante, a quien yo, el escribano público, doy fe que conozco.
Lo firmó de su nombre siendo testigos Miguel Gerónimo y el sargento
Joan de Sotomayor, Diego de Morales, Francisco Holguín, Diego Ortiz de Uceda,
presentes, Francisco Pérez Patón ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano
público, y por ende hice aquí este signo en testimonio de verdad.
Diego de la Torre Escobar, escribano público.
Memoria
Esta es una memoria que se halló en el baúl del difunto haciendo
inventario:
(1 patacón= 8 reales)
Veintiséis pares de medias de seda, el par
a 3 patacones y 2 reales |
676 reales |
Veintiséis docenas de medias de hilera, la
docena a 6 patacones y 4 reales |
1.352 reales |
Veintiún pechos pequeños, a 2 reales y
medio cada uno |
52,5 reales |
Cuatro gruesas de cascabeles a 4 patacones |
128 reales |
Dos papeles de cintas chavascas en veinte
reales |
40 reales |
Un jubón de crea en 19 reales |
19 reales |
Veinte piezas de cintas de trancar de seda
a 12 patacones |
1.920 reales |
Una docena de pechos reigados (sic) grandes
a 6 patacones |
576 reales |
Once calzones, cada uno a 9 reales |
99 reales |
Diez gruesas de cintas de armar a 28 la
gruesa |
280 reales |
Veinte camisas a 18 reales cada una |
360 reales |
Diecinueve imágenes en unos cuadrecitos
costaron 5 pesos |
40 reales |
Seis docenas de cordones de seda a 10
reales |
60 reales |
Trece patacones, trece Diego de la Torre
Escobar, escribano público. |
104 reales |
Total |
5.706,5 reales |
En Portobelo, en 11 días del mes de agosto de
1620 años, ante don Francisco Alonso Garcés. Alcalde ordinario, se leyó dicha
petición.
Pedro de Alarcón, síndico de este reino de
tierra firme, dijo que Francisco Patón, difunto, que murió en esta ciudad de Portobelo,
lo mandó por su testamento enterrarse con el hábito de señor San Francisco y a
dos religiosos, que al presente estamos en esta ciudad, a cada uno quince misas.
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A V.M. pido y suplico mande que Pedro de
Baena, que es albacea del dicho difunto, dé y pague la limosna de las dichas
misas y hábito y pido justicia y en ello reciban maravedís de Pedro de Alarcón.
Y visto por el dicho alcalde, mando que se
certifique a Pedro de Baena, albacea de Francisco Patón, luego traiga el baúl de
ropa que se le entregó del dicho difunto a hacer almoneda de los dichos bienes
para que se cumpla el tenor del testamento y lo firmó don Francisco Alonso
Garcés ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
En Portobelo, en 11 días del mes de agosto de
1620 años, yo, el escribano público, notifiqué el dicho auto a Pedro de Baena
en su persona y de ello doy fe. Diego de la Torre Escobar, escribano público.
En la ciudad de San Felipe de Portobelo, a 13
días del mes de agosto de 1620 años, Don Francisco Alonso Garcés, alcalde
ordinario de la ciudad, conmigo, el público escribano, estando presente Pedro
de Baena, albacea de Francisco Pérez Patón, trajo a la almoneda los bienes que
dejó el susodicho y así por voz de Miguel Negro, pregonero, se fue apercibiendo
el remate, el cual se hizo en la manera siguiente:
Veinte
camisas de morlés con sus balonas en Martín Fernández a veinte reales y medio
cada una |
51 pesos y 2 reales |
Doce pares
de calzones del mismo lienzo en Diego Sánchez a nueve reales y medio el par |
14 pesos y 2 reales |
Diez gruesas
de cintas de seda a 3 patacones y medio cada gruesa, en Pedro Zapata |
35 pesos |
Dos papeles
de cintas chabascas en 18 reales, en Bartolomé Tristán |
2 pesos y 2 reales |
Veintiún
pares de medias de seda de la Torre, en Bartolomé Tristán a 27 reales el par |
70 pesos y 7 reales |
Un manojuelo
de cordones que hay tres docenas de seda, en Alonso Gutiérrez en 12 reales |
1 peso y 4 reales |
Cincuenta y
nueve onzas y media de listones de seda que son 3 libras y once onzas y media
a 15 patacones la libra, en Amador de Fuentes |
55 pesos y 6 reales |
Veinte
piezas de cintas de cabeza a seis reales pieza, en Pedro de Lanoy |
15 pesos |
Y en este estado se quedó la dicha almoneda por hoy, dicho día.
Y luego se
remataron seis docenas de medias de hilera de peal [Media sin pie que se
sujeta a este con una trabilla] en Tomás de Pineda a seis patacones y
medio la docena |
39 pesos |
Treinta y un
cabezones chicos y grandes, a cuatro reales, en Agustín de Rojas |
15 pesos y 4 reales |
Cuatro
libras y catorce onzas de cintas blancas a ocho reales libra, en Pedro
Hernández |
4 pesos y 7 reales |
Cuatro
libras de hilo acijado a catorce reales libra, en Pedro de Marjés y luego
pusieron la libra a quince reales en Alonso Liaño |
12 pesos |
Una docena
de capillejos de seda a ocho reales cada uno, en Hernando Mejía |
12 pesos |
Dieciocho
estampas a real y cuartillo cada una, en Cristóbal Rodríguez de Montalvo |
2 pesos y 6 reales |
Un baúl
viejo, en Agustín de Rojas, 8 patacones |
8 pesos |
Total: |
328 pesos |
Y constó sacado en la dicha almoneda, y las personas que en ella cita llevaron lo que así se les remata y el dicho Pedro de Baena se hizo cargo de todo ello por cuenta del dicho difunto y lo firmó de su nombre con el dicho alcalde, siendo testigos Bartolomé Moreno y Nicolás de San Martín, don Francisco Alonso Garcés, Pedro de Baena, ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
Pagose al pregonero un peso.
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En Portobelo, en 14 días del mes de agosto de
1620 años, en presencia de mí, el escribano público y pareció el padre Fray
Francisco de Toro, sacerdote de la orden del seráfico San Francisco y otorgó haber
recibido de Pedro de Baena, albacea de Francisco Pérez Patón, difunto, 37 pesos
de a ocho reales, los cuales le paga los 22 pesos por la limosna de un hábito
que dio para enterrar el difunto y los 15 pesos por la limosna de 15 misas que
mandó el difunto se le dijesen, de los cuales se dio por contento. Renunció la
excepción de la pecunia y le otorgó carta de pago y lo firmó. Testigos Joan
Francisco y Bartolomé Moreno, Fray Francisco Toro, ante mí, Diego de la Torre
Escobar, escribano público.
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En Portobelo, en 14 de agosto de 1620 años
pareció el padre Andrés de Valle y Rojas de la provincia de San Felipe de
Yucatán, que va al nuevo reino de Granada de la orden de San Francisco que doy
fe que conozco y otorgó haber recibido de Pedro de Baena, albacea de Francisco
Pérez Patón 15 patacones por la limosna de que 15 misas que el difunto mandó le
dijera, de los cuales se dio por contento. Renunció la excepción de la pecunia
y le otorgó carta de pago y lo firmó. Testigos Joan Francisco Calvo y Bartolomé
Moreno, Fray Andrés Valle, ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano
público.
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En Portobelo, en 14 de agosto de 1620 años,
en presencia de mí, el escribano público y testigos, pareció el padre
presentado Fray Gonzalo de Morales, a quien doy fe que conozco, comendador del
convento de Nuestra señora de las Mercedes de esta ciudad, y otorgó haber
recibido de Pedro de Baena, albacea de Francisco Pérez Patón 25 patacones por
la limosna de que 25 misas que mandó decir el dicho difunto en el dicho
convento, diose por contento. Renunció la excepción de la pecunia y leyes del
entrego y se lo otorgó carta de pago en bastante forma y lo firmó. Testigos
Joan Francisco Calvo y Bartolomé Moreno y Agustín de Rojas, presentes el
presente, el presentado Fray Gonzalo de Morales, comendador, Diego de la Torre
Escobar, escribano público.
Carta de pago
El licenciado Joan de Arévalo Sedeño,
presbítero, recibió de Pedro de Baena, albacea de Francisco Pérez Patón,
difunto, 14 patacones por la limosna de que 14 misas que dijo en la iglesia
mayor de esta ciudad por el ánima del dicho Francisco Pérez Patón, difunto y de
ello otorgó carta de pago y lo firmó en Portobelo en 18 de agosto de 1620 años.
Testigos Joan Francisco Calvo y Bartolomé Moreno, el licenciado Joan de Arévalo
Sedeño, ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
Carta de pago
Fray Joan Bosco recibió de Pedro de Baena, tenedor
de bienes de Francisco Pérez Patón, 6 patacones por la limosna de que 6 misas
que dijo por el ánima de Francisco Pérez Patón en Portobelo en 20 de agosto de 1620
años. Fray Joan Bosco, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
Carta de pago
Recibí de Pedro de Baena, albacea de
Francisco Pérez Patón 71 patacones de a 8 reales, los cuales paga los 46 pesos
por el entierro, misa y vigilia y sepultura que se le do al difunto en esta
ciudad junto a la pila del agua bendita y los 25 pesos por la limosna de 25
misas que el difunto mandó se digan en la dicha iglesia, que todos son los 71
patacones, los cuales me paga como sacristán mayor de la ciudad y persona que
cobra los funerales. Hecho en Portobelo en 21 de agosto de 1620 años, Francisco
de Villa firmó, es ante mí, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
Carta de pago
Pagó a don Francisco Alonso Garcés, alcalde
ordinario, del inventario que se hizo de los bienes y asistencia de la almoneda
48 reales.
Carta de pago
Pagó a mí, el presente escribano, del
inventario y almoneda y demás autos hechos en la causa del otorgamiento, digo
del testamento y saca de él, en 18 hojas, 164 reales, todo lo cual pagó el
dicho Pedro de Baena al dicho alcalde y a mí, el presente escribano, de los
bienes del dicho Francisco Pérez Patón en Portobelo en 21 días de agosto de 1620
años, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
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Pagáronse por mandado del alcalde a Pedro de
Baena, albacea, 15 patacones que el difunto declaró por su testamento deberle.
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Pagáronse por mandado del alcalde al dicho
Pedro de Baena, 24 reales que gastó en la cera, pan y vino de la ofrenda.
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De todo lo cual yo, el presente escribano,
doy por testimonio de dicho Pedro de Baena en Portobelo, en 21 días de agosto
de 1620 años.
Diego de la Torre Escobar, escribano público, y por ende hice este mi signo. En testimonio de verdad, Diego de la Torre Escobar, escribano público.
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