13 enero 2025

Visita de Don Pedro de Maldonado, obispo de Ciudad Rodrigo. Año de iUdlxxxix (1589)


Visita que hizo Don Pedro Maldonado, obispo de Ciudad Rodrigo. Año de iUdlxxxix (1589)

En la villa de Fuenteguinaldo, a seis días del mes de octubre, año del señor de mil quinientos y ochenta y nueve años, su señoría don Pedro Maldonado, por la gracia de Dios y de la Santa Iglesia de Roma, obispo de Ciudad Rodrigo, del Consejo del Rey, nuestro señor, en presencia y por ante mí, Antonio de Autillo, clérigo, presbítero, notario y secretario de su audiencia episcopal, y testigos, visitó la iglesia parroquial de la advocación de señor San Juan Bautista en la forma y manera siguiente.

Primeramente, habiendo sido su señoría recibido en procesión con la cruz y capa y sobrepellices, como es costumbre, y hecho oración ante el Santísimo Sacramento y dicho misa en el altar mayor, visitó el santo sacramento de la eucaristía, el cual estaba en la custodia del dicho altar dentro de un vaso de plata en diez formas pequeñas y dos grandes, y lo halló su señoría todo bien dispuesto, limpio y con toda decencia. Luego fue su señoría en procesión a la pila bautismal y visitó los sacros óleos que estaban en tres ampollas de estaño y en una caja o cofrecito de estaño, estaban así mismo bien cebados y con la limpieza necesaria, visitó la pila bautismal y la halló limpia y sana y cubierta con cubierta de madera. De allí fue su señoría al cuerpo de la iglesia y el cementerio de ella, y tornó en procesión a la dicha iglesia diciendo los versos, responsos y salmos acostumbrados por los difuntos conforme al pontifical romano.

Luego su señoría se desnudó y quitó la capa y mitra pontifical y entrando en el sagrario [sacristía] visitó los ornamentos y cálices de plata y las demás cosas que estaban dentro de la dicha sacristía para servicio del culto divino. Otro sí, su señoría visitó el altar mayor que es de la advocación de señor San Juan Bautista y otro, que está al lado de la epístola, de Nuestra Señora y al lado del evangelio, que estaba muy viejo y desfigurado, de la advocación de San Miguel. Y allí luego, en la misma capilla, visitó el altar de San Ildefonso, visitó así mismo otros dos altares que están en el cuerpo de la iglesia de San Antón y está al lado del evangelio y el de San Cristóbal el otro lado, y allí junto vio y visitó un oratorio pequeño de la resurrección de Nuestro Señor Jesucristo. Y en todos los sobredichos altares vio y visitó las aras de ellos. Luego su señoría vio y visitó las crucerías de las capillas de la dicha iglesia y la anduvo y rodeó toda por dentro y fuera para ver lo que era necesario proveer y mandar acerca de la obra y necesidad de la dicha iglesia, comunicándolo y tratándolo con el beneficiado y clérigos de la dicha villa.

Después de lo susodicho, en la dicha villa de Fuenteguinaldo, a nueve días del mes de octubre del dicho año, su señoría dijo la misa mayor y predicó el sagrado evangelio y bendijo solemnemente a todo el pueblo al fin de la misa.

Otro sí, a la tarde de este dicho día, que fue domingo, confirmó su señoría a todas las personas que fue menester como se verá por el libro de los confirmados.

Otro sí, su señoría por su persona vio y visitó las ermitas del Humilladero y Santa Ana y San Blas y San Sebastián y Santa Catalina y San Fustes [San Fausto]. Y la ermita de La Herguijuela por comisión de su señoría la visitó Bernardo Demendario, clérigo presbítero, su mayordomo, y dio relación a su señoría de lo que había en la ermita para que proveyese y mandase lo que viese su señoría convenía.

El obispo de Ciudad Rodrigo

Fui presente, Antonio Autillo, notario.

Mandatos de la parroquial

Primeramente, mandó su señoría al beneficiado cura y su coadjutor, que al presente son o fueren, tengan mucha cuenta con la enseñanza y doctrina cristiana del pueblo y principalmente con los niños y gente moza.

Otro sí, mandó su señoría que el maestro de escuela que enseñare los niños los sábados en la tarde les enseñe la doctrina cristiana y aquella sea la principal lección que entonces se les dará. Y mandó su señoría se le notifique.

Otro sí, mandó su señoría que el sacristán propietario venga a servir su sacristía o ponga persona hábil y suficiente y que esté desembarazada para servirla, no sólo a la misa mayor, sino toda la mañana en todas las misas y en todas las cosas necesarias tocantes a su oficio y lo mismo a las tardes. Y mandó su señoría se le embarguen los frutos de su sacristía hasta que con efecto cumpla este mandato.

Otro sí, mandó su señoría al beneficiado cura o su coadjutor que de aquí adelante asignen algunas sepulturas en la capilla mayor y que las mujeres puedan asistir en ellas nueve días continuos y no más. Pero permitimos que, entre año, en días que no sean fiestas de guardar, porque en ellos está desembarazada de gente la dicha capilla, puedan asistir en las dichas sepulturas, y esto también se permite por razón de la obra de la iglesia y ha de haber que por la dicha razón se estrecharán los asientos y sepulturas de la dicha iglesia.

Otro sí, mandó su señoría al beneficiado curado o su coadjutor que en lo que toca a dar las misas que sobran en la dicha villa, así de los testamentos como de la demanda de las ánimas, guarden el mandato que más largamente está puesto por su señoría en el libro de los difuntos y testamentos que está en poder del beneficiado cura, so pena de excomunión.

Otro sí, mandó su señoría se haga y prosiga la obra del cuerpo de la iglesia de la parroquial de la villa que es una capilla y coro y torre que le falta. Y, para que este mandato tenga efecto, se pongan edictos en Ciudad Rodrigo por mandado y orden de su señoría o de su provisor y no se haga el remate en ningún maestro sin comunicarlo con su señoría. Lo cual mandó su señoría para que el dinero de la fábrica de la iglesia que está esparcido en diversos mayordomos se emplee en la dicha iglesia, y atento que el regimiento y (folio 69) vecinos de esta dicha villa ofrecen de poner toda la piedra necesaria para la dicha obra al pie de ella, pero no cortarla, y otras muchas cosas y ayudas de limosna muy importantes para el buen suceso y fin de la dicha obra.

Otro sí, mandó su señoría que, atento que los frutos de la fábrica de la iglesia de este año de 1589 son suficientes para el servicio de la dicha iglesia y más, que todo el dinero y alcance [saldo] que se hace en los pasados de 1586, 1587 y 1588 y a los mayordomos de ellos, todo esto se recoja y ponga en un arca de tres llaves, la cual arca esté en custodia y guarda de aquel vecino y persona que el gobernador y regimiento de esta dicha villa nombrare y las tres llaves se repartan en esta manera. Una que tenga el obispo o supervisor, otra el beneficiado de esta villa o su coadjutor y la tercera la tenga un regidor de la dicha villa, cual el regimiento nombrare, porque de esta manera estará el dinero de manifiesto para gastarse en lo necesario y oficiales de la dicha obra, y se hará con más comodidad y brevedad. Para que la cobranza de este dinero de la fábrica se haga con más facilidad y no haya descuido en ella, mandamos al beneficiado y su coadjutor y al regimiento que nombren persona diligente que lo solicite que para ello daremos nuestros mandatos contra las personas que no pagaren, o nuestro provisor en mi lugar.

Mandatos de ermitas

Santa Ana

Primeramente, mandó su señoría se haga la capilla mayor de la ermita de Santa Ana y juntamente su señoría la dio a Christóbal Gómez, carpintero, vecino de esta villa y la concertó por la maestría y trabajo de sus manos en seis ducados, dándole los cofrades todos los materiales, ayuda y peones necesarios para subir la madera y teja. Obligóse el dicho Christóbal Gómez de tenerla hecha para San Andrés de este presente año y mandó su señoría al mayordomo de la dicha ermita lo solicite y pague los dichos seis ducados.

Otro sí, mandó su señoría al beneficiado cura o su coadjutor entierren en el cuerpo de la ermita una imagen de tres figuras de señora Santa Ana, Nuestra Señora y el Niño Jesús que está sobre el altar, porque ya no tiene aquella decencia que es necesaria para aquel lugar, y que lo demás del tejado de la dicha ermita se recorra.

Humilladero

Otro sí, mandó su señoría se compre un misal de los nuevos romanos para el Humilladero, atento que hay suficiente dinero para ello de la limosna que los fieles cristianos han dado para solo este efecto.

Otro sí, mandó su señoría se recorra el tejado de manera que no haya goteras.

San Blas

Otro sí, mandó su señoría que una imagen muy vieja e indecente de señor San Blas, que está sobre el altar de la dicha ermita, la entierren el dicho beneficiado curado o su coadjutor.

Y otro sí, se recorra el tejado de la dicha ermita.

Ermitas

Otro sí, mandó su señoría que en Nuestra Señora de la Herguijuela y todas las demás ermitas se recorran los tejados de ellas.

Alcabalas

Otro sí, mandó su señoría a todos los mayordomos de las dichas ermitas que tuvieren novillos u otros animales que los fieles hayan dado de limosnas, de aquí adelante, cuando los vendieren, no paguen alcabala de ellos, so pena que lo que así dieren y pagaren no se les tomara en cuentas, y ponemos pena de excomunión mayor a cualquier alcabalero que de aquí adelante les molestare y pidiere la alcabala, atento que las tales reses son bienes de iglesia y el dinero que de ellas sale dedicado para el servicio y fábrica de las dichas iglesias y ermitas.

Cuentas sumarias

Otro sí, mandó su señoría que cuando se muestren las cuentas sumarias de la fábrica de San Juan y demás ermitas y hospital se guarde en ellas distinción y claridad, poniendo por orden y aparte cada cosa de los gastos, como es el incienso por sí, el aceite por sí y cera por sí y piedra por sí y obreros por sí y así lo demás.

Otro sí, mandó su señoría al beneficiado o cura de la dicha villa que el primer domingo o fiesta de guardar lean estos mandatos y los publiquen en la iglesia parroquial para que vengan a noticia de todo y asienten aquí la dicha lectura y notificación, so pena de excomunión, y de que serán castigados lo contrario haciendo.

El obispo de Ciudad Rodrigo, don Pedro Maldonado

Fui presente, Antonio de Autillo, notario

Lectura de los mandatos

Hoy domingo quince días de octubre de 1589 años se leyeron los mandamientos supraescritos en la iglesia parroquial de esta villa en la misa mayor después del ofertorio por Domingo Aparicio, sacristán de la dicha iglesia, testigos, el licenciado Juan Martínez y Francisco Martín de Porras y Juan de Herrera, clérigos, y por verdad que los hice leer yo, el beneficiado Juan López, lo firmé.

Juan López.

FUENTE: Libro de Fábrica de la Iglesia Parroquial de San Juan Bautista de Fuenteguinaldo.

Archivo Diocesano de Ciudad Rodrigo.

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